martes, 20 de abril de 2010

Recurso frente a la tasa de la grua del Ayuntamiento.

Nº de factura/recibo MAX-

Fecha retirada del vehículo 26 de Noviembre de 2008

Lugar de la retirada zona habilitada aparcamiento Ronda Guinardo - Túnel de la Rovira (delante Distrito Horta-Guinardo).

Datos del vehículo retirado modelo GME matricula B-xxxx – xx

Datos de la propietaria A.xxxxxxxx DNI xxxxxxxx domicilio C/xxxxxxxxxxxx Barcelona CP 08025

La persona cuyos datos se consignan, compadece y expone:

Que la mañana del día 26 de noviembre del 2008 fui a coger el vehículo de referencia y me encontré que no estaba en el lugar que lo había aparcado. Como no había aparcado en un lugar prohibido y no encontré nada que me indicara lo contrario, lo primero que pensé fue que me lo habían robado. Seguidamente me personé en la comisaría mas próxima para efectuar la denuncia, me indicaron que lo tenían en el deposito del Ayuntamiento (Valle Hebrón). Una vez llegué allí el vehículo no estaba, después de insistir me comunican que lo tenían en el desguace en Castellbisbal.

Me personé en el depósito con la intención de retirar el vehículo, mi sorpresa fue encontrarlo destrozado, momentos de indignación, (me indicaron en el depósito que si se daba de baja no seria requerido ningún otro gasto) valoré los arreglos que tenían que hacerse y sin más firmé la cesión de la furgoneta para el desguace.

Expongo reclamación por los siguientes motivos:

Mi vehículo estaba correctamente estacionado. No obstaculizaba nada. Y según la nota que consta en el 010 (información del Ajuntamiento) indica que hace más de 8 días que el vehículo estaba estacionado en el mismo lugar (posiblemente una semana) NO ES MOTIVO PARA QUE SE LO LLEVE LA GRUA.

Alguien debería avisar que han retirado un vehículo y lo tienen durante 6 días en el depósito. (Uds. tienen todos los datos y pueden hacerlo).

En el lugar que se encontraba estacionado el vehículo (y que retiró la grúa) no había ninguna pegatina en el suelo. Tampoco había ninguna en el vehículo, a pesar que en el depósito me indicaron que generalmente dejaban una pegatina en una parte visible del mismo.

Como ciudadana pago estrictamente mis impuestos, SEGURO - ITV – IMPUESTO DE CIRCULACION (Uds. tienen medios y pueden comprobarlos)

Pasado MAS DE UN AÑO (Noviembre 2009) me embargan la cuenta (la nuestra, la de mi hijo y también la de mi hija) por un importe de 525,23 € (multa, grúa, más intereses) sin que hayan comunicado nada ni por carta ni certificado. Solicité que me indicaran de que forma me lo habían comunicado y no tenían nada.

Actualmente estoy pagando el importe fraccionado.

Reclamación en Districte Horta-Guinardo Registre Núm:xxxxxxxxxx Data 09/02/2010

Por todo lo expuesto y en su virtud:

SOLICITA:

Compensación por los daños y perjuicios ocasionados por los trámites burocráticos (depósito Valle Hebrón, desguace Castellbisbal, Hacienda (2 b.) Banco-Caixa (2 b.) distrito Guinardó (2 b.) Atención Ciudadana (2 b.)

Pérdida de la furgoneta, igual que fueron tan eficaces para retirarla, tenían que haber puesto el mismo interés en vigilar, informar y proteger el medio de transporte (aunque sea humilde) de algunos ciudadanos.

Solicito me sean devuelto los 525,23 €. (Por algo que estoy convencida fue una mala gestión del Ayuntamiento)

Esperando contestación:

En Barcelona 20 de Abril de 2010

Axxxxxxxxxxxx

c/.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx - 08025 Barcelona

27/01/2011

Contestación de la Regidora de Hacienda del Ajuntament de Barcelona.

Después de muchas parrafadas jurídicas nos comunican que habiendo intentado notificar la "diligencia" en nuestro domicilio con resultado ausente (por suerte mi compañero y yo trabajamos) optaron por dejarla en el buzón. y según articulo 40 de la ley Especial de Barcelona,14 del texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y 222 de la Ley 58/2003 General Tributaria, los actos de gestión recaudatoria podrán ser objeto de recurso de alzada, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde su notificación... si transcurre un mes sin que se notifique su resolución, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. (como no recibimos ninguna nota transcurrió el plazo e incurrimos en el delito ) EN CONSECUENCIA, PROCEDE NO ADMITIR A TRAMITE los recursos formulados por exporaneidad en su interposición al amparo de los fundamentos legales citados.

...podrá interponer recurso ante los Juzgados... en el plazo de dos meses a contar desde...

NO QUIERO PERDER MAS... AQUÍ SE ACABA LA HISTORIA... DE UNA U OTRA MANERA SE QUEDAN CON MI DINERO, MI TIEMPO Y MI FURGONETA...